Conoce el nuevo etiquetado en alimentos y bebidas

A partir del 1 de octubre de 2020, habrá un nuevo etiquetado en alimentos y bebidas. Te invitamos a conocer en qué consistirá.
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A partir del 1 de octubre de 2020, habrá un nuevo etiquetado en alimentos y bebidas. Te invitamos a conocer en qué consistirá.

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En julio del 2019 se presentó la nueva propuesta para etiquetado ante la Cámara de Diputados, la cual fue aprobada para el Senado y publicada en el Diario Oficial de la Federación cuatro meses después.

La iniciativa consistió en modificar la Ley General de Salud en lo referente a las etiquetas de productos alimenticios.

Ahora, el etiquetado debe serfrontal de advertencia que informe de forma veraz, clara, rápida y simple sobre el contenido de los nutrimentos críticos y demás ingredientes que determine la autoridad sanitaria.

Asimismo, se modificó la NOM-051 sobre etiquetado en alimentos y bebidas en la cual se definen los lineamientos para la aplicación de dicha ley.

El objetivo de esta norma es brindar al consumidor final información comercial y sanitaria sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan un riesgo para la salud en los productos preenvasados.  Esto, por medio de un etiquetado claro, veraz y fácil de entender.

Este etiquetado será aplicado a productos de producción nacional o extranjera que se comercialicen en México.

¿Cómo será el nuevo etiquetado?

Constará de cinco sellos cuando un producto tenga exceso de calorías, sodio, grasas trans, azúcares y grasas saturadas.

Y dos leyendas precautorias. La primera para productos que contengan edulcorantes y la segunda para aquellos con cafeína, para evitar que niñas y niños los consuman.

Vía: El poder del consumidor

Otros elementos serán:

Tabla nutrimental y lista de ingredientes: Además, en la tabla nutrimental ya podrás conocer cuál es la cantidad de azúcares añadidos.

Declaraciones nutrimentales: Se regula la proporción del tamaño que indica las declaraciones nutrimentales.

Regula el uso de avales: Si un producto contiene sellos de advertencia no podrá contar con el respaldo de asociaciones médicas.

Elementos persuasivos: Los productos que contengan uno o más sellos de advertencia, así como leyendas precautorias, no podrán contener ninguna estrategia publicitaria, como el uso en el empaque de personajes, dibujos animados, etcétera.

La aplicación de la norma contará de tres fases.

Vía: El poder del consumidor

Redacción MA con información de: El poder del consumidor.

Sobre el Autor tolucalabellacd.com Estado de México

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