Toluca, Méx.- Diputados de la 60 Legislatura aprobaron, castigar a quien publique, difunda o exhiba imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o audiovisuales de naturaleza erótica, sexual o pornográfica sin el consentimiento del sujeto pasivo, por medio de cualquier tecnología de la información y la comunicación, con penas de hasta 14 años de prisión cuando la víctima sea menor de edad o no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho.
La iniciativa pretende realizar reformas para tipificar como delito dicha práctica, pues según la diputada Karina Labastida Sotelo, quien la presento, indica que la difusión de contenido sexual puede dañar el ámbito social, laboral y familiar.
Señaló que la Suprema Corte protege la vida privada de las personas, para conducirla fuera de la mirada y las injerencias de los demás, el derecho al honor y la reputación, e impedir la divulgación de ciertos hechos, fotografías e información.
Explicó que las modificaciones al Código Penal establecen de uno a 5 años de prisión y multa de 200 a 500 unidades de medida a quien con la anuencia del sujeto haya obtenido imágenes, audios, textos, grabaciones, de naturaleza erótica, sexual y las revele, publique o difunda sin consentimiento.
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Imagen de: Periódico el mexicano