La pensión de orfandad la pueden solicitar quienes son hijos de fallecidos asegurados o pensionados ante el IMSS.
Para recibir esta pensión se debe comprobar el vínculo a los menores de hasta 16 años de edad, y el apoyo será hasta los 25 años. Asimismo, deberán comprar que se encuentran estudiando.
Esto es una ayuda económica que pueden pedir los hijos cuando uno de los progenitores fallece (padre o madre).
Los hijos que son mayores de 16 años que no puedan solventarse, debido a una enfermedad crónica, tienen derecho a recibir esta pensión.
Para poder otorgar esta pensión se deberá de haber cotizado un mínimo de 150 semanas.
Estos son los tipos de pensiones por orfandad.
- Modalidad A: Hijo menor y hasta 16 años.
- Modalidad B: Hijo mayor de 16 y hasta 25 años estudiante
- Modalidad C: Hijo mayor de 16 años incapacitado. Los hijos mayores de 16 años que tengan dictaminada incapacidad total debido a una enfermedad crónica.
Aquí te dejamos los requisitos para solicitar la pensión.
- Asegurar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
- Afirmar la edad del hijo.
- Que la persona asegurada cumpla las 150 semanas de cotización y se encontrara vigente.
- En caso de que el fallecimiento fuera por causa por riesgo de trabajo, será necesario un dictamen de incapacidad permanente
- Si fuera en dado caso de un menor de edad, se deberá realizar la solicitud por medio de un representante legal.
El solicitante deberá presentar los siguientes documentos:
- Estado de cuenta de Afore
- Copia certificada del Acta de Nacimiento
- Copia certificada del Acta de Defunción
- CURP
- NSS (número de seguro social)
- Identificación oficial con fotografía y firma
- Comprobante de domicilio
- Constancia de la inscripción en el RFC con homoclave.
También se puede acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF).
Con información de W Radio.
Redacción PC.
RV MA