Padres solteros podrán obtener apoyos del gobierno de la CDMX al ser grupo vulnerable.

Padres solteros son considerados grupo vulnerable en la Ciudad de México y podrán obtener un apoyo del gobierno al igual que las mujeres.
Padres solteros podrán obtener apoyos del gobierno de la CDMX al ser grupo vulnerable. Padres solteros podrán obtener apoyos del gobierno de la CDMX al ser grupo vulnerable. Padres solteros podrán obtener apoyos del gobierno de la CDMX al ser grupo vulnerable.

Padres solteros son considerados grupo vulnerable en la Ciudad de México y podrán obtener un apoyo del gobierno.

Los padres solteros de la Ciudad de México tendrán las mismas posibilidades de recibir ayudas y programas sociales por parte del gobierno de esta entidad.

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Lo que significa que ahora tanto padres como madres de familia podrán aplicar a los apoyos gubernamentales y que ambos tendrán la misma posibilidad de obtener dichas ayudas económicas.

Lo anterior es resultado del decreto adicionado al Artículo 23 Bis de la Ley para Prevención y Eliminación de la Discriminación en la Ciudad de México.

Dicho artículo se publicó en la Gaceta Oficial a partir del ayer, el día 11 de octubre.

El artículo se agregó debido a la necesidad de establecer medidas positivas a favor de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.

Por lo que en resumen el Artículo 23 Bis de la Ley para Prevención y Eliminación de la Discriminación en la Ciudad de México dicta lo siguiente:

  • Se deberá brindar atención, asistencia, información, educación y asesoría en la salud, de forma completa, actualizada, personalizada y libre de estereotipos, prejuicios o estigmas.
  • Dar atención en materia de vivienda y en la asignación de propiedades inmuebles en los programas de desarrollo social de forma preferente a padres solteros.
  • Fomentar la orientación para facilitar la inscripción a programas de inmuebles en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Este decreto se publicó el día 11 de Octubre y entra en vigor a partir del 13 de octubre de 2020.

A su vez, se decretó que se dará un plazo máximo de 30 días hábiles para dar cumplimiento a este artículo.

Redacción: VFE.

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