Estos son los negocios que pueden abrir en Fase 3 de coronavirus en México

Estos son los negocios que pueden abrir en Fase 3 de coronavirus en México. Los negocios que NO se encuentren en la lista no podrán abrir.
Estos son los negocios que pueden abrir en Fase 3 de coronavirus en México Estos son los negocios que pueden abrir en Fase 3 de coronavirus en México Estos son los negocios que pueden abrir en Fase 3 de coronavirus en México

Estos son los negocios que pueden abrir en Fase 3 de coronavirus en México.

Desde el 30 de marzo de 2020 con motivo de la epidemia de coronavirus COVID-19 se suspendieron todas aquellas actividades que NO son esenciales en México.

Esto con la finalidad de evitar la transmisión del virus coronavirus COVID-19 en el país.

Estas son las actividades esenciales publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Y que por lo tanto son las actividades que podrán continuar en funcionamiento durante la Fase 3 de la epidemia de coronavirus COVID-19 en México:

Las actividades que no se encuentren en la siguiente lista serán consideradas como NO ESENCIALES y por lo tanto deberán cerrar.

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Las que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria.

  • Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud.
  • También los que participan en su abasto, servicios y proveeduría, entre las que destacan el sector farmacéutico, tanto en su producción como en su distribución (farmacias).
  • La manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud.
  • Los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI), así como la limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención;

Las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana

  • Que tengan que ver en la defensa de la integridad y la soberanía nacionales.
  • La procuración e impartición de justicia.
  • Actividad legislativa en los niveles federal y estatal.

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Las de los sectores fundamentales de la economía

  • Bancos.
  • Entidades que se dediquen a la recaudación tributaria.
  • Distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas.
  • Generación y distribución de agua potable.
  • Industria de alimentos y bebidas no alcohólicas.
  • Mercados de alimentos.
  • Supermercados.
  • Tiendas de autoservicio.
  • Abarrotes.
  • Venta de alimentos preparados.
  • Servicios de transporte de pasajeros y de carga
  • Producción agrícola.
  • Pesquera y pecuaria.
  • Agroindustria
  • Industria química.
  • Productos de limpieza.
  • Ferreterías.
  • Servicios de mensajería.
  • Guardias en labores de seguridad privada.
  • Guarderías y estancias infantiles.
  • Servicios privados de emergencia.
  • Asilos y estancias para personas adultas mayores.
  • Servicios funerarios y de inhumación.
  • Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos.
  • Telecomunicaciones y medios de información.
  • Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales.
  • Logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles).

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actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación:

  • Las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno.
  • Las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables; a saber: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, entre otros más que pudieran listarse en esta categoría.

 

IMPORTANTE

En todos los lugares y recintos en los que se realizan las actividades definidas como esenciales, se deberán observar, de manera obligatoria, las siguientes prácticas:

  • No se podrán realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas.
  • Las personas deberán lavarse las manos frecuentemente.
  • Las personas deberán estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria (cubriendo nariz y boca con un pañuelo desechable o con el antebrazo).
  • No saludar de beso, de mano o abrazo (saludo a distancia).
  • Todas las demás medidas de sana distancia vigentes, emitidas por la Secretaría de Salud Federal.

Revisa aquí la lista oficial de actividades esenciales publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Te invitamos a mantenerte informado sobre Covid-19 en las redes sociales oficiales y sitio web https://coronavirus.gob.mx/

Sobre el Autor Jesus Fuentes